SEÑALES DE TRANSITO (REGLAMENTARIAS)

 

SEÑALES REGLAMENTARIAS 

QUE SON?....

Tiene por objeto indicar al usuario de la vía las limitaciones, prohibiciones o restricciones sobre su uso, y cuya violación constituye falta. En las señales circulares los colores distintivos son: anillos y líneas oblicuas en rojo, fondo blanco y símbolos negros.





QUE FUNCIÓN TIENEN?...

Tiene por objetivo indicar al usuario de la vía las limitaciones, prohibiciones o restricciones sobre su uso, y cuya violación constituye falta. En las señales circulares los colores distintivos son: anillos y líneas oblicuas en rojo, fondo blanco y símbolos negros.





ESTAS SON ALGUNAS SEÑALES DE TRANSITO REGLAMENTARIAS....

CEDA EL PASO (RPI-1) Indica a los conductores que la enfrenten que deben “ceder el paso” a los vehículos que circulan por la vía a la cual se aproximan, no teniendo necesidad de detenerse si en el flujo vehicular por dicha vía existe un espacio suficiente para cruzarla o para incorporarse a éste con seguridad. 

PARE (RPI-2) Su propósito es ordenar a los conductores que detengan complemente su vehículo y que reanuden la marcha sólo cuando puedan hacerlo en condiciones que eliminen totalmente la posibilidad de accidente. 

PARE NIÑOS (RPI-3) Su propósito es obligar al conductor a detener totalmente su vehículo en el lugar donde se encuentra la señal, de modo de permitir el paso seguro de escolares, y a no reanudar su marcha mientras la señal sea mostrada. Esta señal es portátil, tiene un mango de aproximadamente 50 cm de largo, y debe ser usada por personal instruido por Carabineros de Chile. Debe complementarse con la señal

ZONA DE ESCUELA (PO-9), de la Sección 4. 3.4 Señales Reglamentarias de Prohibición Se usan para prohibir o limitar el tránsito de ciertos tipos de vehículos o determinados movimientos. La prohibición se representa mediante un círculo blanco con orla roja cruzado por una diagonal también roja, descendente desde la izquierda, la cual forma un ángulo de 45º con la horizontal. 

RUTA ALTERNATIVA (IP1), de Sección 5. Excepcionalmente, cuando se registren cambios de sentido tránsito, puede ser usada temporalmente como complemento de la señal 

 NO GIRAR DERECHA (RPO-2b) Esta señal se emplea para indicar al conductor que no puede virar a la derecha en el sitio donde ella se encuentra. Dado que normalmente los giros a la derecha no representan problemas, su uso debe ser sumamente restringido, colocándose solamente donde existan problemas para el cruce de los peatones, o en zonas donde no se desee incrementar los flujos de la calle hacia la cual se vira. 

NO GIRAR EN U (RPO-2c) Esta señal indica al conductor que no puede virar en aproximadamente 180º. Se emplea cuando el viraje en “U” puede ocasionar entorpecimiento a los flujos de tránsito, el radio de giro sea pequeño o la maniobra constituya un factor de riesgo.

 NO ADELANTAR (RPO-3) Esta señal se utiliza para indicar la prohibición de efectuar la maniobra mediante la cual un vehículo se sitúa delante de otro u otros que le anteceden, ya sea traspasando el eje de la calzada (adelantamiento), o sin traspasar dicho eje (sobrepaso). En vías pavimentadas se debe complementar con una línea continua en la calzada, como se especifica en el Instructivo de Aplicación de Señales Horizontales. 

NO CAMBIAR DE PISTA (RPO-4) Esta señal indica a los conductores que no pueden cambiarse de la pista por la cual circulan. Se debe usar ocasionalmente y sólo cuando existan razones justificadas, como la convergencia de una pista lateral, que aumenta las pistas de circulación de la vía y donde la maniobra de cambio de pista pueda resultar riesgosa al incorporarse un flujo vehicular en una situación de mala visibilidad.









JUAN DIEGO GARCÉS OREJUELA

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